miércoles, 10 de mayo de 2017

Recensión - Sobre el poder del Imperio y del Papa (El defensor menor, La transferencia del Imperio)

1.   Información bibliográfica
·     ABBAGNANO, Nicolás: Historia de la Filosofía volumen 1: Filosofía antigua, Filosofía patrística, Filosofía escolástica (trad. Juan Estelrich, J. Pérez Bastellar), Hora S.A., Barcelona (1994)
·     ALIGHIERI, Dante (1313): Monarquía (trad. Laureano Robles Carcedo, Luis Frayle Delgado), Tecnos, Madrid (1992)
·     LOMBARDO, Pedro: Comentario a las Sentencias de Pedro Lombardo (trad. Juan Cruz Cruz, Mª Idoya Zorroza), Eunsa (2013)
·     MARSILIO DE PADUA: Sobre el poder del Imperio y del Papa (El defensor menor y La transferencia del Imperio, (trad. Bernardo Bayona, Pedro Roche), Biblioteca Nueva, Madrid (2004)
·     Sagrada Biblia (trad. Eloíno Nacar Fuster, Alberto Colunga, Gaetano Cicognani), La Editorial Católica, Madrid

2.   Autor
Marsilio de Padua fue un filósofo, político, médico y teólogo italiano de la Baja Edad Media. Poca es la información que se tiene sobre su vida: se sabe que nace entre 1275 y 1280, posiblemente en Padua. Durante su vida el Emperador era Luis IV de Baviera y el Papa Juan XXII, y vivió el choque entre religión y política por el dominio sobre el poder temporal al que ambos órdenes aspiraban.

Marsilio aparece en un documento de 1312 enseñando en la universidad de París, donde se cree que llegó a ser rector. También se conserva un escrito jocoso de un amigo suyo en el que le achaca su inconstancia y lo exhorta a volver definitivamente al estudio por la falta de dedicación de Marsilio a un campo exclusivo. La vida de Marsilio fue polémica a causa de su mundanización de la Iglesia, lo que le granjeó ser visto como uno de los precursores de la Reforma. En 1326 Marsilio huyó de París para refugiarse en la corte de Luis IV, que lo defendió frente al Papa. De hecho, Marsilio acompañó al Emperador a su coronación a Italia en 1328 y fue finalmente declarado hereje por parte de la Iglesia. Aunque la fecha es incierta, se cree que Marsilio fallece en el año 1342.

El pensamiento de Marsilio se inscribe dentro de la corriente del conciliarismo. El Concilio al que tan asiduamente se refiere es la reunión de los representantes de la Iglesia para tomar decisiones en un sistema de gobierno horizontal, un ataque frontal al poder omnímodo eclesiástico papal. En este contexto Marsilio intenta prestar un servicio al Emperador usando argumentos que apelan a la razón a la vez que debilita al Papa. Aunque la obra más relevante de su pensamiento es el Defensor pacis o El defensor de la paz, esta recensión se dedica a otros dos opúsculos: Defensor minor o El defensor menor y Tractatus de translatione imperii o La transferencia del Imperio.

3.   Ideas principales
A fin de tratar los distintos opúsculos separadamente dadas sus distintas características se establecerán dos apartados en esta sección. La extensión de cada apartado se corresponde con la longitud y precisión conceptual impresa por parte de Marsilio de Padua en cada uno.

El defensor menor
El objeto de este primer opúsculo es responder en cierta medida al Maestro de las Sentencias o Petrus Lombardus, autor de los Cuatro Libros de Sentencias, una compilación de carácter religioso de distintos textos bíblicos, textos de Padres de la Iglesia y textos de pensadores medievales. Uno de los temas principales alrededor del cual desarrollará Marsilio este tratado es el poder de excomulgar a los pecadores atribuido los sacerdotes. Por lo tanto, no es sorpresa que los primeros conceptos clave que introduce Marsilio están dotados de un cierto cariz jurídico. El autor paduano distingue entre la ley divina y ley humana. La primera es un precepto inmediato de Dios sin deliberación humana, que ha de cumplirse en aras a un fin en la otra vida y cuyo incumplimiento también se castiga en la otra vida (DM. 1, 2); la segunda, por otro lado, es un precepto del conjunto de los ciudadanos o de su parte prevalente, para alcanzar un fin en esta vida so pena de castigo en esta vida (DM. 1, 4). La tesis de Marsilio es que ningún hombre puede, ha podido o podrá dictar o modificar la ley divina, ni siquiera el Papa de Roma. Se contrapone a la ley humana, que está supeditada a la única autoridad del príncipe Romano en tanto que legislador humano, y a nadie más. Según Marsilio, la jurisdicción coactiva de algún miembro de la Iglesia sobre laicos o fieles, si alguna vez la han tenido, se debe a una concesión del legislador humano.

En los siguientes capítulos Marsilio delimita el poder de los sacerdotes y del Sumo Pontífice. Hace ver como cualquier modificación de la ley humana o de la ley divina por parte de un ministro de la Iglesia generaría inconvenientes: que dicha ley proceda de un legislador incompetente (DM. 2, 4), la inestabilidad política causada por la existencia de distintos legisladores (DM. 2, 5) o que los sacerdotes pudieran coactivamente actuar sobre este mundo (DM. 2, 5). Marsilio se reafirma al enunciar que la actividad del gobernante negligente solo es punible por parte del legislador humano. El patavino se refiere también acerca de si los sacerdotes gozan de la capacidad de obligar a los fieles que se desvían de la fe de Cristo a volver a ella. Para contestar recuerda la advertencia de Cristo “Nosotros no pretendemos dominar sobre vuestra fe” (Mateo. 10, 23), que evidencia la no autoridad de los sacerdotes. Tampoco pueden castigar a los herejes arrebatándoles sus bienes, ya que deben ejercer el ministerio sacerdotal de la manera más similar a Cristo: con humildad, reclamando no más que ropa y vestido. Queda descartada, por extensión, la pretensión eclesiástica sobre el diezmo, potestad exclusiva del legislador humano. En relación con el poder de las llaves atribuido a los sacerdotes, consistente en absolver o no a los hombres de sus pecados, Marsilio muestra las numerosas conclusiones que se extraen.

Partiendo del poder de las llaves los sacerdotes concluyen que: los hombres deben confesarles sus pecados mortales para acceder a la salvación eterna; pueden imponer penas materiales cuyo incumplimiento estaría penado con la no absolución de los pecados; habrá indulgencias para los fieles que presenten ofrendas, peregrinen o luchen en las cruzadas; están capacitados para absolver a los fieles de sus cotos prometidos; son los únicos con capacidad para excomulgar; y, por último, que el Papa predomina sobre los demás obispos. Marsilio se basa en las Sagradas Escrituras para refutar estas cuestiones. Por ejemplo, el confesar un pecado frente a un sacerdote no aparece como precepto sino como consejo, siendo suficiente el arrepentimiento y la promesa ante Dios de no caer de nuevo en el pecado. La función del sacerdocio es para Marsilio más disuasoria, ya que deben infundir el miedo a que, si se cae en el pecado, se sufra en la vida futura (DM. 5, 12). Algunos plantean que si la única labor del sacerdocio es el poder de las llaves, cualquiera formado en las Sagradas Escrituras podrá cumplir con dicha función. Marsilio rechaza esto frontalmente, ya que solo los sacerdotes reciben esta función de Cristo. La única situación en la que Marsilio acepta como precepto la obligación del fiel de confesarse frente al sacerdote es cuando este queda fijado por parte del Concilio General (DM. 5, 20-21), siendo notable aquí el conciliarismo antes advertido.

Sobre el poder de los ministros de la Iglesia de imponer penas materiales Marsilio declara que solo se daría ese poder en virtud de una revelación divina que alguien podría no reconocer, ergo funciona como consejo y no como precepto (DM. 6). Marsilio también niega el poder de los sacerdotes a la hora de dar indulgencias a los fieles por sus donaciones, sus peregrinaciones o sus cruzadas. Por ejemplo, entiende que las cruzadas para obligar a los fieles a convertirse en la fe de Cristo no son meritorias, mientras que sí lo son si se realizan para reclamar los tributos debidos al príncipe Romano. Para contestar sobre lo referente al poder del Papa y los sacerdotes en la absolución de los votos primero Marsilio los define como la promesa voluntaria, hecha mentalmente o de viva voz, de hacer algo o de abstenerse de algo con conocimiento de causa en aras a lograr algún fin en esta vida o en la otra. Tras algunas investigaciones Marsilio concluye que nadie está sujeto ni obligado a hacer un voto bajo pena en esta vida pero que todo hombre está obligado bajo algún tipo de pena al cumplimiento del voto prometido (DM. 8, 4). También llega a la conclusión que ni el obispo de Roma ni ningún otro pueden desligar un voto hecho a Dios, ya que solo la persona con lo que uno hace el voto puede desligar a la persona comprometida o, en su defecto, un juez superior entre ambos; y como no hay juez superior a Dios solo este tiene la facultad de cancelar un voto. El caso en el que se permite revocar un voto es cuando se hace para hacer algo mejor y agradar más a Dios, o para evitar algo peor en lo que se vaya a caer a menudo y en consecuencia se ofenda más a Dios (DM. 9, 2). Marsilio afirma que tampoco puede forzarse a un tercero a someterse al voto de otro, ya que entraría en contradicción con la característica de promesa voluntaria. Marsilio habla de la presunta autoridad del Papa para excomulgar y entregar a Satanás a los pecadores no arrepentidos de sus pecados. Sobre ello dice que tiene, tras haber amonestado tres veces, la capacidad de privar al pecador de una doble comunión, la civil y la eclesiástica.

Empero, Marsilio demuestra basándose en la palabra de Cristo que este quiso que los apóstoles y sus sucesores divulgaran cosas divinas a los rebeldes, no que se las prohibieran. Además considera que la excomunión civil no corresponde a ningún ministro de la Iglesia, ya que en ese caso todos los gobernantes humanos serían superfluos. Con todo, concluye que el ministro de la Iglesia que prohíbe la religión o cualquier administración espiritual o divina cae en pecado mortal. Tampoco permite a estos separar a los herejes y a los infieles de los fieles, siendo esta también jurisdicción del legislador humano.

El conciliarismo del patavino vuelve a relucir al tratar la primacía del Sumo Pontífice en el orden eclesiástico. Marsilio considera que ningún obispo tiene la capacidad para suceder cuanto Dios y hombre a Cristo, ergo ninguno podrá gozar de su primacía. Es por ello que la institución de la Iglesia cuyas sentencias si pueden ser tomadas como consejos para la salvación eterna es el Concilio General, siendo una de sus características más destacadas la revocabilidad de sus pronunciamientos. Esto se relaciona con el legislador humano, definido por Marsillio como el conjunto de los hombres que deben someterse a los preceptos coactivos de la ley o su parte prevalente en cada región o provincia (DM. 12, 1). El paduano afirma que al pueblo Romano se le confirió la autoridad, que a su vez se la encomendó al príncipe con autoridad de legislar. Estos poderes son revocables si el legislador humano o su parte prevalente así lo consideraran. Marsilio habla también del Imperio Romano como la voluntad divina, ya que si no fuera esta la manera más justa en que se pudiera haber organizado el poder temporal Cristo no la hubiese favorecido.

También dedica unas palabras sobre la composición del Concilio General de los fieles cristianos. Según el autor, el Concilio solo será general cuando se convoque a la totalidad de la Iglesia Griega de los fieles y a la Iglesia Latina, de la misma manera que hizo Constantino para así superar el cisma eclesiástico. Además, cuando este Concilio se componga debidamente sus sentencias sobre cuestiones de las Sagradas Escrituras no serán en ningún caso cuestionables, ya que el contacto entre los espíritus estimula que lleguen a consideraciones de verdades inalcanzables por sí solos. Acerca de la autoridad sobre el matrimonio Marsilio considera que los asuntos atinentes a actos humanos deben ser juzgados según los estatutos de la ley humana siempre y cuando estos no se opongan a la ley divina. Es por ello que, en caso de que una de las partes transgrediera un estatuto humano no contradictorio con los de la ley divina, la parte ofensora puede ser castigado materialmente. Marsilio tampoco considera problemático ningún grado de consanguinidad entre cónyuges según la ley cristiana, y solo surgirían problemas a razón de la ley humana, ley que el Papa y los sacerdotes deben acatar.

La transferencia del Imperio
Marsilio dedica este segundo opúsculo, bastante más breve que el anterior, a reseñar críticamente el tratado De la transferencia de la sede Imperial de Landolfo Colonna, ya que entiende Marsilio que este lesiona los derechos del Imperio sin prueba suficiente.

Marsilio sostiene que el Imperio Romano comenzó con Octavio Augusto y no con Julio César, al que tacha de usurpador de la república. El Imperio se mantuvo en Roma durante trescientos cincuenta y cinco años, hasta que Constantino trasladó la sede del Imperio a Bizancio y encomendó el gobierno de Roma al Pontífice Silvestre. Tras esta etapa Marsilio trata cómo, durante el reinado de Heraclio, los pueblos Orientales se emanciparon del Imperio. Alude a la cuestión religiosa, ya que al adoptar estos pueblos una distinta a la cristiana el sometimiento debía terminarse. Los principales pueblos que se emanciparon fueron los sarracenos, los caldeos, los amonitas y los moabitas; que fueron ayudados por las artes de Mahoma, a quien Marsilio tacha de embaucador y de instigador de la guerra al condenar a muerte a aquellos que no se inscribían en su doctrina.

Marsilio se refiere ahora a la época del emperador León III, que presuntamente perseguía la iconoclasia. El Papa Gregorio III excomulgó a León III y se las arregló para transferir el Imperio a los Francos en vida de Pipino, en ese momento mayordomo de palacio y posteriormente elevado por el Papa Zacarías a rey de los Francos. En el año 1580 de la fundación de Roma fue elevado a Sumo Pontífice Esteban II, que se vio en la necesidad de acudir a Pipino en busca de ayuda por el acoso de Astulfo, rey de los lombardos; y Pipino cumplió y derrotó a los lombardos. El hijo de Pipino, Carlomagno, se vio en la misma obligación que su padre por los actos de Desiderio contra Roma. Tras vencerlo se le confirió a Carlomagno el poder elegir al Pontífice Romano, derecho que no ejerció. Marsilio también narra cómo el Papa León VIII concedió a Odón I, rey de Alemania, los mismos derechos que a Carlomagno al instituirlo como Emperador por sus servicios prestados en la defensa de Italia. Por último, recuerda como tras la muerte sin herederos de León III se instituyeron los electores alemanes del Imperio.

4.   Conclusión
El marcado carácter tejas abajo del pensamiento de Marsilio de Padua hace muy amena su lectura en el siglo XXI. En la época de Marsilio algunas de sus ideas como la reducción de la autoridad eclesiástica sobre el poder temporal fueron razón suficiente para expulsarlo de la Iglesia por hereje. Su distinción entre ley humana y ley divina fueron clave durante el conflicto de las investiduras y la posterior secularización del Estado. Con todo, Marsilio es un claro precursor del concepto moderno de Estado como completamente secularizado. Sus ideas también adquirieron importancia desde el XVI en el contexto de la Reforma, siendo muy posible que distintos autores como Maquiavelo, Hobbes o Locke hayan leído la obra marsiliana por las argumentables influencias. Por último, Marsilio contribuyó al desarrollo de la teoría de la soberanía del Estado, que contribuyó al debilitamiento de la soberanía eclesiástica.



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